Con la reforma a la Ley Especial de Ciberdelitos, aprobada por el plenario de la Asamblea Nacional, se establece que las penas se incrementan de 15 a 20 años de presión para quienes intencionalmente alteren o violen la seguridad de un sistema informático.
La reforma, tiene el objetivo la prevención, investigación, persecución y sanción de los delitos cometidos por medios de las tecnologías de la comunicación e información el uso de redes sociales y aplicaciones móviles en perjuicio de personas naturales o jurídicas.
La primera secretaria de la junta directiva de ese Poder del Estado, Loria Raquel Dixon, leyó la normativa en la que se establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos relacionados con: La integridad de los sistemas informáticos, delitos informáticos delitos relacionados con el contenido de los datos conforme a las sanciones establecidas en el Código Penal entre ellas multa, decomiso, clausura inhabilitación, intervención judicial hasta la disolución de la personalidad jurídica.
Asimismo, se establece que quien, usando las tecnologías de la información, redes sociales u aplicaciones móviles, publique o difunda información falsa, tergiversada, que produzca alarma, temor, pánico o zozobra entre la población, se le impondrá una pena de tres a cinco años de prisión y trescientos a quinientos días de multa.
La ley que es de orden público, será aplicable también a los autores materiales, intelectuales, cooperadores necesarios, cómplices, o cualquier otra persona que facilite la comisión de estos delitos.
La presente ley, también será aplicable a los delitos cometidos dentro o fuera del territorio nacional.
En la iniciativa de reformas refrendadas, se indica que” la sociedad y el Estado nicaragüense se encuentran inmersos en los procesos de cambios que ha generado la revolución informática, incidiendo positivamente en el contexto económico, social, cultural y tecnológico” y que esos avances también son aprovechados por la delincuencia organizada, por lo que “resulta oportuna y necesaria la protección individual y colectiva de la sociedad nicaragüense y su entorno socio laboral y económico”.
Señala que esos cambios tecnológicos traen la aparición de nuevas modalidades y conductas delictivas que también avanzan con igual mayor celeridad que los cambios científicos constructivos que se producen, y que obligan a los Estados a prevenir, detectar, investigar y sancionar esas conductas que en muchos casos atacan a una pluralidad de personas, a la sociedad en su conjunto, a bienes jurídicos de trascendencia nacional y, de manera particular, a bienes, programas y sistemas operados por el Estado, que de ser afectados podrían lesionar actividades neurálgicas de nuestro quehacer estatal y gubernamental.