En enero de 2013, el jugador y otras cinco personas agredieron sexualmente a una joven albanesa en un club nocturno de Milán, donde ella estaba celebrando su cumpleaños.
El exfutbolista Robson de Souza (Robinho) fue apresado este jueves en la ciudad brasileña de Santos por agentes de la Policía Federal, luego de que el Supremo Tribunal Federal de Brasil (STF) rechazara el recurso de ‘habeas corpus’ que interpusieran sus abogados defensores en un intento por librarse de la condena por violación que le fue impuesta en Italia, reporta О Globo.
En la decisión, firmada por el magistrado Luiz Fux, se asegura que la sentencia emitida por el tribunal italiano ya es firme y contradice la teoría de la defensa, según la cual es inconstitucional el traslado de una sentencia emitida en otro país contra un ciudadano brasileño, al indicar que la ley prevé que será válida siempre que la apruebe el STF y «se respete el debido proceso legal, la defensa amplia y el proceso contradictorio del conocimiento» en el país que dictó el fallo, explica G1.
«La transferencia de la ejecución de la pena se sustenta en el principio de reconocimiento mutuo en materia penal. Con base en este principio, es incluso posible realizar actos procesales en países extranjeros, a través de la cooperación internacional, por ejemplo, escuchar a los testigos por carta rogatoria», reza la sentencia, citada parcialmente por el medio.
En adenda, el togado argumentó que la transferencia de la pena evita «la necesidad de un nuevo proceso y un juicio por los mismos hechos», opción que puso sobre la mesa el equipo jurídico que respalda a De Souza.
La víspera, con nueve votos a favor y dos en contra, el Tribunal Superior de Justicia de Brasil decidió a favor de la solicitud de las autoridades italianas de que Robinho cumpla una sentencia de nueve años de cárcel por haber ejercido violencia sexual contra una mujer en 2013, cuando residía en esa nación europea.
En el dictamen, la mayoría de los jueces coincidió en que el exjugador de fútbol debería cumplir la sentencia bajo la modalidad de régimen cerrado (en una cárcel), en virtud de que el crimen por el que se les juzgó es calificado como un delito grave y tiene asociado una sentencia superior a ocho años, aunque también concordaron en que no puede ser extraditado porque la legislación local lo prohíbe.