El Diario Nica

Trámite de reclamos a empresas de telecomunicación en Nicaragua

Telcor por medio de la Dirección de Titulación y Atención a Operadores y Usuarios (DTAOU), pone a disposición del usuario el conocimiento, tramitación y resolución de las quejas y reclamos a operadores de Telecomunicaciones.

En contra de Operador o Concesionario, por toda acción u omisión que consideren les ha causado daño o perjuicio por incumplimiento de la Ley General de Telecomunicaciones y Servicios Postales.

Procedimientos de Atención ante Reclamos

Quienes pueden reclamar:

  • Los usuarios de los servicios de telecomunicaciones.
  • Personas autorizadas por el usuario.
  • Personas que pagan el servicio, lo cual demostrará con la presentación de al menos la factura previa a la factura objeto de reclamo.
  • El apoderado o representante legal debidamente acreditado de las asociaciones de protección y defensa de los consumidores y usuarios de conformidad con la ley 842, “Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias.
  • El apoderado o representante legal en el caso de las personas jurídicas.
  • Los Operadores de Servicios de Telecomunicaciones y Concesionarios de Servicios Postales en contra de cualquier Operador de Servicios de Telecomunicaciones o Concesionario Postal.

Servicios aplican a reclamos

Telefonía Básica, Telefonía Celular, Televisión por Suscripción (cable), Transmisión de Datos, Acceso a Internet, Televisión Satelital, Servicios Postales, Repetidor comunitario, Repetidor Troncal

Tipo de reclamos

  • Error en la facturación.
  • Negativa del Operador ante la cancelación anticipada del servicio.
  • Mal estado de equipo nuevo.
  • Incorrecta instalación o activación del servicio.
  • Incumplimiento de instalación nueva.
  • Mala calidad en la prestación del servicio.
  • Suspensión o corte del servicio de forma indebida.
  • Entrega tardía o no entrega de la Factura en el domicilio del Usuario.
  • Pérdida de envíos.
  • Tiempo de entrega del paquete.

Y cualquier otra acción u omisión que les cause perjuicios por incumplimiento a las disposiciones de la Ley General de Telecomunicaciones y Servicios Postales, su reglamento y demás disposiciones administrativas emitidas por TELCOR.

Requisitos

Usuario debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Presentar copia de carta de reclamo con sello de recibido del operador.
  • 2. Copia de factura a reclamar y/o copia del contrato de servicio.
  • 3. Copia de cédula de identidad.
  • 4. Llenar formato de reclamo en el cual deberá detallar lo siguiente:

a) Nombres, apellidos, domicilio o razón social del usuario.

b) Nombre y razón social del operador.

c) Declaración o relación detallada de los hechos.

d) Petición o solución propuesta por el usuario identificando la cosa, cantidad o hecho que se pide.

e) Relación de los documentos que acompañe a su caso.

Procedimiento

  • Interponer por escrito reclamo ante el operador que le brinda servicio, por los diferentes rubros.
  • Pasado 10 días calendarios con/sin respuesta del operador, el usuario podrá acudir a las oficinas de Atención a Usuarios y Operadores para interponer quejas y reclamos.
  • Agotada la primera vía administrativa el usuario interpondrá la queja o reclamo llenando un formato.
  • La oficina de Atención a Usuarios y Operadores emitirá una constancia de conocimiento sobre dicho reclamo o queja.
  • Admitida la queja/reclamo se notifica a las partes del auto de admisión.
  • El operador deberá de responder en 10 días hábiles.
  • Posterior a los 10 días hábiles para contestar el reclamo se abre a pruebas el respectivo proceso administrativo.
  • El operador tiene 10 días hábiles para aportar la descarga probatoria.
  • Recibida las pruebas correspondientes se adjuntan a dicho expediente y se remite al personal técnico para la respectiva elaboración de Dictamen Técnico.
  • Una vez elaborado el Dictamen Técnico se remite a la parte legal de DEUSO para emitir su respectiva Resolución Administrativa.
  • Se Notifica de la Resolución Administrativa a las partes.
  • Posterior a la notificación, las partes, tienen 3 días hábiles para interponer recurso de impugnación, como es el recurso de reposición.
  • Se elabora la Resolución de reposición la cual es notificada a las partes.
  • Las partes contarán con 3 días hábiles después de notificadas para interponer ante DEUSO recurso de apelación.
  • DEUSO remite el expediente a la Dirección Jurídica para que emita la respectiva resolución de apelación.