La Asamblea Nacional de Nicaragua, de manera unánime ratificó la derogación del decreto 357, mediante el cual se creó la Asociación Cruz Roja Nicaragüense en 1958 y al mismo tiempo aprobó como sucesora legal una nueva Cruz Roja Nicaragüense que funcionará como un ente adscrito al Ministerio de Salud.
El artículo 2 de la nueva Ley, dice que “Crease la Cruz Roja Nicaragüense como ente autónomo, descentralizado, con personalidad jurídica, patrimonio propio, duración indefinida y plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, la que será sucesora legal sin solución de continuidad de la asociación Cruz Roja Nicaragüense, creada mediante decreto legislativo número 357 publicado en la Gaceta No 248 del 29 de octubre de 1958”.
El Ministerio de Salud, cuenta con las competencias y normativas, capacidades técnicas e institucionales para hacerse cargo de una nueva Cruz Roja Nicaragüense.
La asociación Cruz Roja Nicaragüense, se rige por los principios fundamentales del movimiento internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, entre los que se incluyen; humanidad, Imparcialidad y Neutralidad.
El motivo que presentaron los legisladores, es que la Asociación de Cruz Roja Nicaragüense, como organismo sin fines de lucro, transgredió las leyes del país, pues actuó contra su marco regulatorio de imparcialidad y neutralidad.
También se destaca que la Dirección de Registro y Control de Organismos sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación, remitió informe en el cual se demuestra que la asociación llamada Cruz Roja Nicaragüense incumplió con sus deberes y obligaciones establecidas en la ley general de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro, al no presentar los estados financieros, falta de verificación de la identidad de sus donantes e información desactualizada en el registro del Ministerio de Gobernación.
La entrada en vigencia de esta iniciativa, será a partir de su publicación en cualquier medio de comunicación social, escrito o digital, sin perjuicio de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.